Vistas de página en total

martes

RIESGO FINANCIERO

Riesgo Financiero. También conocido como riesgo de crédito o de insolvencia. Hace referencia a las incertidumbres en operaciones financieras derivadas de la volatilidad de los mercados financieros y de crédito.
Por ejemplo a la incertidumbre asociada al rendimiento de la inversión debida a la posibilidad de que la empresa no pueda hacer frente a sus obligaciones financieras (pago de los intereses, amortización de las deudas). Es decir, el riesgo financiero es debido a un único factor: las obligaciones financieras fijas en las que se incurre.

El riesgo financiero está estrechamente relacionado con los tipos de activos que una empresa posee y los productos o servicios que ofrece juegan un papel importantísimo en el servicio de su endeudamiento.
Existen diferentes tipos de riesgo financiero
RIESGO DE MERCADO, El riesgo de mercado es la pérdida potencial en el valor de los activos financieros debido a movimientos adversos en los factores que determinan su precio, también conocidos como factores de riesgo; por ejemplo: las tasas de interés o el tipo de cambio. Asociado a las fluctuaciones de los mercados financieros, y en el que se distinguen:  
RIESGO DE CAMBIO, El riesgo de cambio o riesgo cambiario es el fenómeno que implica el que un agente económico coloque parte de sus activos en una moneda, o instrumento financiero denominado en moneda diferente de la cual utiliza este agente como base para sus operaciones cotidianas.
Dentro de un esquema de fluctuaciones entre los tipos de cambio que relacionan a dos monedas, por decir dólar-euro o yen-libra, las variaciones en el valor de una moneda denominada en términos de otra constituyen variaciones en el tipo cambiario que afectan a la riqueza total del agente económico que mantiene posiciones denominadas en moneda extranjera. Estas variaciones dan lugar a un cierto factor de riesgo que se incrementa de acuerdo con la volatilidad que hay en el precio de estas monedas.
El tipo cambiario, al ser un precio relativo, se ve afectado por el valor de cualquiera de los dos precios de las monedas y los determinantes de estas, por lo cual evaluar el riesgo de cambio es una labor que implica conocer los componentes que determinan el valor de la moneda en términos de otra. Hay dos corrientes principales para evaluar este precio y que toman en cuenta dos factores distintos para evaluar las paridades monetarias. Una de ellas toma en cuenta el mercado monetario como principal determinante de este precio relativo, y basa gran parte de su análisis en el comportamiento de la tasa de interés de los instrumentos financieros similares y comparables disponibles en ambas monedas. Otra vía para analizar el comportamiento cambiario es aquella que toma en cuenta el mercado de bienes y servicios, y compara precios de bienes similares o tasas de inflación para evaluar el poder de compra de una y otra moneda.
La comunidad financiera internacional toma en cuenta las fluctuaciones de la paridad cambiaria para determinar decisiones de inversión en instrumentos denominados en moneda extranjera, que rendirán, además de su tasa nominal de retorno, un monto derivado de la fluctuación cambiaria y de las respectivas inflaciones para calcular tasas de retorno reales, donde además del riesgo inherente del instrumento financiero, se toma en cuenta el riesgo cambiario que representa la inversión en una moneda extranjera.

RIESGO DE TIPO DE INTERÉS, es el riesgo de que el precio de un título que devenga un interés fijo, como puede ser un bono, una obligación o un préstamo, se vea afectado por un aumento de los tipos de interés del mercado. En general, un aumento de los tipos de interés de mercado influyen negativamente en el precio de un bono de cupón fijo y al contrario un descenso de los tipos de interés afectara positivamente a la cotización de los bonos de cupón fijo.
El riesgo de tipo de interés se mide por la duración del título, cuanto más grande sea la vida del título, más aumenta este riesgo. La duración que es la técnica más antigua de las muchas que se utilizan para la gestión de riesgo de tipo de interés.



RIESGO DE MERCADO (en acepción restringida), que se refiere específicamente a la volatilidad de los mercados de instrumentos financieros tales como acciones, deuda, derivados,
RIESGO DE CRÉDITO, es la posible pérdida que asume un agente económico como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones contractuales que incumben a las contrapartes con las que se relaciona. El concepto se relaciona habitualmente con las instituciones financieras y los bancos, pero afecta también a empresas y organismos de otros sectores.

RIESGO DE LIQUIDEZ O DE FINANCIACIÓN, Uno de los problemas más importantes que los bancos e instituciones financieras deben resolver a diario es calcular cuánto dinero deben mantener en efectivo para pagar todas sus obligaciones a tiempo, las cuales provienen, en su mayoría, de la recuperación de la cartera de sus proveedores de fondos, que son quienes han entregado recursos a la IFI(Institución financiera de Intermediación), la cual debe devolverlos, ya sea al final del término de un depósito a plazo, o cuando el cliente de anelo cuenta de ahorro o corriente los requiera.
Dado que el negocio de las IFIs es prestar dinero, aquellas van a tratar de colocar la mayoría del dinero que administran, puesto que si mantienen demasiados recursos en caja para hacer pagos o devolver depósitos, estarían perdiendo la oportunidad de ganar dinero, pero si mantienen muy poco, podrían no tener la capacidad de hacer todos sus pagos y quedarian ilíquidos.
La iliquidez es muy distinta de la insolvencia, puesto que una IFI insolvente ha perdido su capital, mientras que una IFI ilíquida, en principio, no tiene recursos en efectivo para saldar sus obligaciones. Sin embargo, si una IFI tiene problemas de liquidez usualmente tratará de vender sus inversiones o parte de su cartera de créditos para obtener efectivo rápidamente, incluso afrontando pérdidas al hacerlo, por lo que la liquidez mal administrada puede conducir a la insolvencia. Este peligro es conocido como Riesgo de Liquidez.
Para mitigar este riesgo, las IFIs realizan permanentemente cálculos que les permitan establecer las fechas y montos del dinero que van a necesitar para sus obligaciones y del dinero que van a recibir por depósitos y repagos de los préstamos concedidos. Cuando los montos o las fechas no coinciden, se dice que la IFI está “descalzada”.
El descalce e iliquidez de una IFI podría implicar la percepción de sus clientes de que ella es insolvente y ello conduce usualmente a corridas de depósitos, las cuales pueden ser contagiadas a otras entidades que dependen de los pagos de la IFI descalzada y que pueden igualmente quedar ilíquidas, generando efectos de bola de nieve que pueden afectar la estabilidad del sistema financiero de un país.
Por este motivo, los supervisores bancarios en todo el mundo vigilan permanentemente la liquidez de las IFIs, para establecer tempranamente si alguna entidad requiere ser intervenida y evitar dichos efectos.




La última noticia sobre la que tengo constancia acerca del riesgo financiero ha sido la siguiente:

FMI alerta que Rusia debe aumentar supervisión financiera para evitar riesgos

Tags: economía
12/04/2011 EFE
Washington, 12 abr (EFECOM).- El Fondo Monetario Internacional (FMI) destacó hoy la "estabilidad financiera mantenida en Rusia ante la crisis mundial", aunque alertó sobre la "necesidad de una mayor regulación por parte de las autoridades financieras".
"Dada la estructura de la economía rusa, el sistema financiero está expuesto a significativos riesgos ocasionados por las fluctuaciones en los precios de las materias primas y los flujos de capital", afirmó el FMI.
El Fondo indicó, tras concluir una misión de evaluación de la situación financiera rusa, que la crisis ha supuesto "un obstáculo para el progreso hacia un sistema financiero fuerte y competitivo".
"La competencia ha declinado y el riesgo de negligencia ha aumentado", explicó en la nota sobre Rusia.
Como causas de este declive, el FMI señaló que "las medidas de emergencia y la consolidación tras la crisis ha beneficiado instituciones importantes para el sistema, que son principalmente los grandes bancos estatales".
No obstante, el FMI reconoció los exitosos resultados de la mayor coordinación entre las autoridades financieras rusas como el Banco Central, las políticas monetarias y fiscales contracíclicas aplicadas por Moscú, y animó a profundizar en esta senda.
Agregó que "el sistema financiero se beneficiaría mucho más de una mayor regulación y unos mejores informes financieros", y valoró positivamente la Estrategia de Desarrollo del Sector Bancario 2015 puesta en marcha por Moscú, "ya que incluye hacer frente a muchos de estos desafíos".
Entre las "debilidades" del sistema financiero ruso, el FMI citó "la falta de autoridad del Banco Central para supervisar las instituciones financieras y guías vinculantes para la gestión del riesgo de los bancos".
La mayoría de estas carencias son analizadas en la legislación pendiente de aprobación en la Duma, dijo el FMI, pero "hasta que sean puestas en práctica, Rusia continuará quedándose cortos en el cumplimiento de los estándares internacionales aceptados".
La creación de un grupo de trabajo bajo el control del Consejo Presidencial y un departamento "macroprudencial" en el Banco Central también es un "paso positivo" para el desarrollo de mecanismos de vigilancia de riesgo sistémico.
"Una supervisión más estrecha de los bancos más importantes, incluida la capacidad para mantener una presencia in situ sería un componente clave de esta regulación", afirmó el Fondo.
Además, instó a "una unificación de las resolución bancarias dentro de un sólo régimen para todos los bancos" que otorgue "mayor autoridad al supervisor".
En este sentido, remarcó que "herramientas como los préstamos directos, la recapitalización con fondos públicos y la nacionalización deberían ser reservadas para situaciones de crisis del sistema y sólo puestas en práctica tras una decisión del gobierno"
Por último, la nota del FMI señaló que "la ambiciosa visión de Moscú como centro financiero internacional puede convertirse en realidad, pero no de un día para otro".
"Necesitará una trayectoria de estabilidad financiera y macroeconómica, y pasos durante varios años para encarar los desafíos identificados y mejorar las condiciones de negocios más ampliamente", concluyó el FMI. EFECOM.




 
 

SUBASTA DE BONOS

El bono es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden ser emitidos por una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por una institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios. También pueden ser emitidos por una institución supranacional (Banco Europeo de Inversiones, Corporación Andina de Fomento...), con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros. Son títulos normalmente al portador y que suelen ser negociados en algún mercado o bolsa de valores. El emisor se compromete a devolver el capital principal junto con los intereses, también llamados cupón. Este interés puede tener carácter fijo o variable, tomando como base algún índice de referencia como puede ser el Euribor.



Los principales tipos de bonos son:
  • Bono canjeable: Bono que puede ser canjeado por acciones ya existentes. No provoca ni la elevación del capital ni la reducción de las acciones.
  • Bono Convertible: Bono que concede a su poseedor la opción de canjearlo por acciones de nueva emisión a un precio prefijado. Ofrece a cambio un cupón (una rentabilidad) inferior al que tendría sin la opción de conversión.
  • Bono cupón cero: Título que no paga intereses durante su vida, sino que lo hace íntegramente en el momento en el que se amortiza, es decir cuando el importe del bono es devuelto. En compensación, su precio es inferior a su valor nominal.
  • Bonos del Estado (España): Títulos del Tesoro público a medio plazo (2-5 años). Su nominal es de 1.000 euros y el pago de los intereses se realiza anualmente. Además de los Bonos, el Estado Español emite otros valores parecidos (véase Deuda pública).
  • Bonos de caja. Títulos emitidos por una empresa, que se compromete a reembolsar al vencimiento fijado el préstamo pactado; los recursos obtenidos con la emisión de estos bonos se dedican a las necesidades de tesorería de la empresa.
  • Strips: Algunos bonos del Estado son "strippables", o divididos, puede segregarse el valor del bono en cada uno de los pagos que se realizan, distinguiendo básicamente los pagos en concepto de intereses (cupones) y el pago del principal, y negociarlos por separado.
  • Bonos de deuda perpetua: Son aquellos que nunca devuelven el principal, (esto es, el nominal del bono, que generalmente coincide con la inversión inicial), sino que pagan intereses (cupones) regularmente de forma indefinida. Son los más sensibles a variaciones en el tipo de interés.
  • Bonos basura, que se definen como títulos de alto riesgo y baja calificación, que ofrece, en contrapartida, un alto rendimiento.
A los propietarios de bonos se les conoce con el nombre de "tenedores" o "bonistas". Algunas emisiones de bonos llevan incorporadas opciones o warrants que permiten amortizaciones anticipadas, conversión en acciones o en otros activos financieros, etc.
El precio de un bono se calcula al actualizar los flujos de pago de ese bono. Esa actualización se hace mediante el descuento financiero (en capitalización simple o compuesta, según el vencimiento) de dichos flujos, y un tipo de interés. A medida que aumente el tipo de interés de descuento (esto es, en cierta medida, el riesgo asociado a ese bono), disminuirá el precio y viceversa.
Dentro del riesgo asociado a un bono podemos distinguir fundamentalmente entre:
  • Riesgo de mercado: que varíe el precio del bono por variación en los tipos de interés del mercado.
  • Riesgo de crédito: posibilidad de que el emisor del bono no pueda/quiera (en caso de repudio) hacer frente a los pagos derivados de dichos instrumentos de renta fija.
También son muy comunes en los mercados emergentes los bonos amortizables, o del inglés sinking fund. La particularidad que tiene este instrumento, es que va retornando el nominal o capital adeudado en cuotas o mediante un programa de amortizaciones. A medida que se concretan las amortizaciones, el nominal va disminuyendo al igual que los intereses ya que los mismos, siempre se calculan sobre nominal o capital adeudado o residual.
La última noticia recogida acerca de la subasta de bonos es la siguiente: “El Tesoro cumple en la subasta de bonos con permiso del rescate luso. Adjudica 4.129 millones de euros al 3,601%, interés ligeramente por debajo de la anterior subasta.”
Os adjunto igualmente el Calendario de subastas de Letras del Tesoro para 2011:


El Financiero en línea

Madrid, 7 de abril.-  España anunció el jueves que emitirá en abril y mayo bonos de referencia a 10 y cinco años, respectivamente, en un contexto de mayor tranquilidad para la deuda del país un día después de que Portugal reconociera que pedirá un rescate financiero a la Unión Europea.

La tesorería estatal hispana  dijo el jueves que la emisión de las obligaciones a 10 años con un cupón del 5,5 por ciento será el próximo 20 de abril, mientras que la de papeles a cinco años con cupón del 3,25 por ciento será el 5 de mayo.

En la anterior subasta a cinco años del 3 de marzo, el Tesoro adjudicó 2.652 millones de euros frente a una demanda de 5.746 millones, con una tasa marginal del 4,408 por ciento.

En la anterior subasta a 10 años del 17 de marzo, adjudicó 3.219 millones de euros frente a los 5.817 millones solicitados, con un tipo marginal del 5,179 por ciento.

El Tesoro emitió el jueves un nuevo papel de referencia a tres años.

En la tarde del jueves, el diferencial del bono español a 10 años frente a su par alemán cotizaba a 182 puntos básicos (pb) frente a los 180 pb de la apertura. (Con información de Finsat/MVC)

FONDOS DE INVERSIÓN

Un fondo común de inversión (FCI por sus siglas) o fondo mutuo es una alternativa de inversión que consiste en reunir fondos de distintos inversores, naturales o jurídicos, para invertirlos en diferentes instrumentos financieros, responsabilidad que se delega a una sociedad administradora que puede ser un banco o institución financiera.
Los FCI o fondos mutuos son una alternativa de inversión diversificada, ya que invierten en numerosos instrumentos, lo que reduce el riesgo.
Un fondo de inversión es un patrimonio constituido por las aportaciones de diversas personas, denominadas partícipes del fondo, administrado por una Sociedad gestora responsable de su gestión y administración, y por una Entidad Depositaria que custodia los títulos y efectivo y ejerce funciones de garantía y vigilancia ante las inversiones.
Al invertir en un fondo se obtiene un número de participaciones, las cuales diariamente tienen un precio o valor liquidativo, obtenido por la división entre el patrimonio valorado y el número de participaciones en circulación.
El rendimiento del fondo se hace efectivo en el momento de venta de las participaciones, la cual puede llevarse a cabo en el momento en que se desee.
El fondo es un patrimonio indiviso conformado por los aportes de varios inversores (aunque contablemente se lo considera una sola cuenta) pueden ser de distinta naturaleza (individuales, grupales, o institucionales; privados o estatales) que tienen los mismos objetivos de rentabilidad y riesgo respecto de las inversiones que realizan, delegando la administración del mismo a un equipo de profesionales.

Existen diferentes tipos de FCI o fondos mutuos según sea la cartera o portafolio de inversión elegida por la sociedad administradora. La sociedad administradora define el valor de una cuota o cuota parte, dividiendo el patrimonio en partes iguales, la cual varia según sea la rentabilidad del fondo. En general no tienen vencimiento ni requieren renovación y el dinero invertido se puede rescatar fácilmente.
Los instrumentos donde se invierte son:
  • Valores con Cotización (acciones, bonos, etc).
  • Dinero (moneda local o extranjera).
  • Inmuebles o Bienes Afectados a una Explotación (letras hipotecarias).
Concretamente, los FCI o fondos mutuos brindan a los pequeños y medianos ahorradores la posibilidad de potenciar en conjunto sus ahorros y participar en el mercado de capitales, con el criterio y la profesionalidad con que actúan los grandes inversores.
Institucionalmente se constituye por la unión de Sociedad Gerente y Sociedad Depositaria.
Sociedad gerente encargada de:
  • Establecer el Objeto de Inversión.
  • Llevar la Contabilidad.
  • Realizar Publicaciones Exigidas Legalmente.
  • Controlar la Sociedad Depositaria.
Sociedad depositaria encargada de:
  • Custodiar los valores y demás instrumentos representativos de las inversiones.
El dinero que aportan los clientes es recibido por la Sociedad Depositaria, destinándose posteriormente a la compra de los activos que son objeto del FCI. Entre la Sociedad Gerente y la Depositaria deben controlar mutuamente el cumplimiento de las pautas del “Reglamento de Gestión”.
Fondos de inversión de alta rentabilidad
Este tipo de fondos de inversión de alta rentabilidad están formados para inversores con capitales a partir de 25.000 dólares y que tengan experiencia en mercados financieros derivados.
Hay varios mercados donde se puede gestionar un fondo de inversión de estas características como en futuros o Forex.
Si un inversor quiere entrar en uno de estos fondos de inversión de alta rentabilidad lo mas importante es que lo haga con gestores profesionales que trabajen con corredores de bolsa fuertemente regulados y que les puedan ofrecer reportes de estos fondos.
Fondos de inversión de renta estabilizada
Los fondos de renta estabilizados son aquellos que a diferencia de los fondos de renta variable tradicionales están intervenidos por un corredor de bolsa que mantiene la flotación de los recursos en el instrumento más rentable
Este generalmente realiza las compras y ventas para mantener el rendimiento, utilizando un programa de predicción del comportamiento de mercado.
Los fondos de renta estabilizada son sumamente complejos de operar y en su mayoría son gestionados por computadoras que realizan las operaciones de predicción, compra y venta en milésimas de segundos. Dependiendo de su algoritmo, estos fondos generalmente arrojan un rendimiento mensual de entre 2.3% y el 4.3% del capital inicial invertido.

De 2000 a 2010 han pasado muchas cosas: estallido de la burbuja tecnológica, hundimiento de las hipotecas... Diez años que han dado mucho de sí y que han transformado la industria de fondos. Tras tantos meses de fusiones de gestoras, liquidaciones de productos y reembolsos masivos, los partícipes del mercado han dejado de mirar la fotografía con la distancia ideal en inversiones de largo plazo. Y es que hay productos que, además de sobrevivir, han demostrado su capacidad para generar valor a lo largo de los años.

Así, hay diez productos dirigidos al inversor minoritario, de siete gestoras diferentes, que lideran el ranking de los más rentables de la última década en España, con repuntes medios superiores al 16%. Todos de renta variable, y todos con una calificación de entre tres y cinco estrellas por parte de Morningstar.
Son el Parvest China Classic, de BNP; los fondos BGF World Gold, World Mining y Latin America A2, de BlackRock; el PRC Equity de Invesco; el Latin American Retail Net de Threadneedle, al que acompañan el Latin America Equities, de Crédit Agricole y el Latin America A, de la sicav de Gartmore; y dos de los fondos más conocidos del mercado español: Bestinver Bolsa y Bestinfond, ambos de Bestinver.


BASILEA III

Basilea III es el tercer de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de supervisión bancaria de Basilea.
Las siguientes son algunas de las medidas que se acordaron en Basilea III
Capital estructuralSe refiere a las reservas básicas de capital de un banco, calculadas según el riesgo de los activos que tiene en sus libros.
Nuevo: Bajo Basilea III, el ratio de capital total estructural Tier 1 se fija en 6%, con un capital central Tier 1 de 4.5%.La implementación de las reglas de nuevo capital estructural comenzará en enero del 2013. Las normas estarán plenamente en vigencia en enero del 2015.
Actual: A los bancos se les exige tener un ratio de capital estructural de 4% y sólo la mitad, o 2%, corresponde a capital estructural "esencial" o capital de calidad en forma de ganancias retenidas o acciones.

Colchón de conservación
Nuevo:
Basilea III introduce un colchón de conservación de capital de 2.5% que se suma al capital estructural Tier 1.
Cualquier banco que no cumpla con este amortiguador se enfrenta restricciones de supervisores en pagos como dividendos, recompras de acciones y bonos a ejecutivos.
El nuevo colchón tendrá que estar compuesto de acciones comunes. El colchón será introducido paulatinamente desde enero del 2016 y estará en vigor en enero del 2019.
Actual: En este momento no hay un colchón de conservación de capital.

Colchón de capital
Nuevo:
Este nuevo colchón se establece entre el 0 y el 2.5% en acciones comunes u otro capital capaz de absorber pérdidas.
El objetivo del colchón es forzar a los bancos a tener un respaldo adicional cuando los supervisores vean un crédito excesivo en el sistema que amenace con generar morosidad.
Actual: No existe un estándar mundial sobre este tipo de respaldo.

Ratio de apalancamientoSe apunta por primera vez a limitar el apalancamiento en el sector bancario mundial. Se pondrá a prueba un ratio de apalancamiento de 3% Tier 1 -o que el balance no pueda exceder en 33 veces el capital estructural- antes de introducir un ratio de apalancamiento obligatorio en enero del 2018.

LiquidezLa primera serie mundial de requisitos de liquidez común busca asegurar que los bancos cuentan con suficiente efectivos o equivalentes de efectivo para salir del apuro de un golpe muy severo de corto plazo y de condiciones menos severas en el mediano a largo plazo.
El colchón de liquidez de corto plazo sería principalmente deuda soberana de alta calidad, aunque incluiría también deuda corporativa de alta calidad.


Antecedentes: Basilea I y Basilea II
En diciembre de 1974, el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales del G-10, donde se publicó el primero de los Acuerdos de Basilea, un conjunto de recomendaciones alrededor de una idea principal: Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba.
El acuerdo establecía una definición de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías (o "tiers") si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos.
Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas. Entró en vigor en más de cien países.
La principal limitación del acuerdo de Basilea I es que es insensible a las variaciones de riesgo y que ignora una dimensión esencial: la de la calidad crediticia y, por lo tanto, la diversa probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios.
El propósito de Basilea II, publicado inicialmente en junio de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con objeto de establecer los requerimientos de capital necesarios, para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos.

SEGUROS DE VIDA

Los seguros de vida son bastante habituales entre todos nosotros, dado que se utiliza como cobertura indemnizatoria para los beneficiarios en el supuesto de fallecimiento del beneficiario o como garantía de pago en algunos casos.
Este tipo de seguros están regulados y contemplados por la Ley 50/1980 de los contratos del seguro, siéndole de aplicación la misma o en su defecto la legislación mercantil vigente. Se define un contrato de seguro de vida a los distintos tipos de pólizas que comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.

La característica intrínseca de este contrato es indemnizatoria dado que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente.

Tradicionalmente se ha venido clasificando en:
1         Seguros para casos de muerte: en estos la obligación del asegurador esta subordinada a la muerte del asegurado. A su vez pueden ser: Seguro de vida entera: el asegurador se obliga a satisfacer al fallecimiento del asegurado en cualquier época. Seguro temporal: la obligación de pagar la indemnización por el asegurador solo surge cuando el asegurado fallece dentro de un determinado período.
2         Seguros para caso de vida o supervivencia: la obligación del asegurador está subordinada a la supervivencia del asegurado a una determinada edad o fecha. A su vez pueden ser: Seguro de capital diferido: cuando el asegurador se obliga, sencillamente, a pagar determinada suma si el asegurado está vivo en una cierta fecha. Seguro de renta: cuando el asegurador se obliga a pagar una renta en vez de un capital.
3         Seguros mixtos: combinan los seguros para caso de muerte o para caso de supervivencia. A su vez pueden ser: Seguro mixto ordinario: el asegurador se obliga a pagar tanto si muere el asegurado o sobrevive a una determinada fecha. Seguro a término fijo: el asegurador se obliga a pagar un capital a una fecha determinada, sea al propio asegurado, si entonces viviera, sea al beneficiario designado, pero cesando la obligación de pagar la prima si el asegurado falleciera antes de ese término.

El contrato de seguro contiene los mismos elementos que cualquier otro contrato de seguros. Estos son:
-          Asegurador: como compañía que ofrecerá la contraprestación a cambio de la prima.
-          Tomador del seguro: También llamado contratante, es la persona que estipula el contrato con el asegurador y firma la póliza, asumiendo las obligaciones que ésta le impone: pagar la prima, fundamentalmente. Si pago la prima le corresponde la designación del beneficiario, el rescate de la póliza, etc.

-          Asegurado: Persona que cubre sus riesgos por la póliza.

-          Beneficiario: Titular del derecho a la indemnización. La persona a favor del cual se contrata el seguro y ha de percibir en su día del asegurador el capital o renta. El tomador puede designar el beneficiario sin consentimiento del asegurador. La designación deberá hacerse en la póliza, bien nominativamente, o bien determinándole de algún otro modo indudable mediante una designación genérica: "a favor de mis hijos"; "a favor de mi mujer" o "mis herederos". La expresión genérica de "mis hijos" se entenderá que se hace a favor de todos los descendientes con derecho a la herencia. Si la designación es a favor de los herederos, se entenderá que se hace a favor de los herederos sin mayor especificación, ya sean del tomador, del asegurado o de otra persona que a la muerte del asegurado tengan esa consideración. La designación de cónyuge como beneficiario atribuirá tal condición al que lo fuera en el momento de la muerte del asegurado. Los beneficiarios conservarán su derecho, aunque renuncien a la herencia. La designación de varios beneficiarios hará que la indemnización, salvo pacto en contrario, en proporción a la cuota hereditaria, incluso si no se acepta la herencia. En caso de renuncia de un beneficiario, los demás ostentan un derecho legal de acrecer "inter vivos". El tomador del seguro podrá modificar la designación del beneficiario, haciendo nueva designación en la póliza, en una declaración posterior escrita y comunicada al asegurador o en testamento. 'Si en el momento de la muerte del asegurado no hubiera beneficiario concretamente designado ni reglas para su determinación, el capital formará parte del patrimonio del tomador.’ El beneficiario igualmente puede ser revocado en cualquier momento anterior al siniestro o vencimiento de la póliza, salvo que la designación realizada fuera irrevocable. La revocación deberá hacerse en la misma forma establecida para la designación, no obstante la designación testamentaria solo podrá revocarse por otra de la misma naturaleza. El derecho del beneficiario es un derecho autónomo, que no nace a través del mecanismo de la cesión del tomador, nace de la base de un contrato de seguro. De aquí que la ley establezca que la prestación del asegurador deberá ser entregada al beneficiario, en cumplimiento del contrato, aún contra las reclamaciones de los herederos legítimos y acreedores de cualquier clase del tomador del seguro. No obstante se reconoce el derecho de los herederos y acreedores del tomador sobre las primas satisfechas en fraude de sus derechos. En caso de concurso del tomador, los órganos de gestión y representación de los acreedores podrán exigir al asegurador la reducción del seguro.
-          Prima: Cantidad a pagar por el tomador del seguro a asegurador como contrapartida de la cobertura de riesgos.
La legislación vigente en nuestro país obliga al consentimiento expreso en la póliza del asegurado si el tomador del seguro y asegurado no son la misma persona.
Otro detalle importante respecto a los beneficiarios es que estos pueden ser cambiados a posteriori de la formalización de la póliza por el tomador del seguro. Esta comunicación puede ser una notificación fehaciente del tomador al asegurador, o bien por inclusión en testamento de cambio de beneficiarios sobre seguros de vida.
No obstante, se ha articulado un registro de beneficiarios de seguros de vida por la carencia que existía en el conocimiento de las pólizas suscritas por asegurados y tomadores, dándose el caso de fallecimientos que han dejado pólizas sin reclamar.

Los seguros de vida pueden tener duración determinada o indeterminada en función del riesgo cubierto y pago de la cobertura asegurada. En el caso de seguros de vida con aportaciones periódicas, si a partir del segundo año se suspende el pago de las primas, el contrato de seguro no puede ser revocado, sólo se puede reducir el importe de la prima y las condiciones de rescate del mismo.

Respecto a los seguros de muerte, quedan excluidas únicamente las causas que así estén contempladas en la póliza de seguro. En el caso de muerte dolosa del beneficiario del seguro al tomador del mismo, el patrimonio del seguro se integra dentro del patrimonio del asegurador.
Para el caso de suicidio, como caso más polémico tenemos que saber que la póliza si cubre este fallecimiento salvo pacto en contrario en la póliza de seguro. Se entiende por suicidio la muerte producida voluntaria y conscientemente por el asegurado.
El importe de las primas es un valor muy variable, dado que su cuantía va a venir determinada por el tipo de prestación que vamos a recibir junto con las características del pago de la misma. En este caso, existen combinaciones múltiples tanto de configuración de primas como de recepción de capitales.
La póliza debe tener unas menciones específicas, tales como los derechos de rescate y reducción de la suma asegurada y los anticipos. Aunque se han desarrollado pólizas de seguros de supervivencia a la orden o al portador, generalmente serán pólizas nominativas.